Cervantes

Hoy es el día más hermoso de nuestra vida, querido Sancho; los obstáculos más grandes, nuestras propias indecisiones; nuestro enemigo más fuerte, el miedo al poderoso y a nosotros mismos; la cosa más fácil, equivocarnos; la más destructiva, la mentira y el egoísmo; la peor derrota, el desaliento; los defectos más peligrosos, la soberbia y el rencor; las sensaciones más gratas, la buena conciencia, el esfuerzo para ser mejores sin ser perfectos, y sobretodo, la disposición para hacer el bien y combatir la injusticia dondequiera que esté.

MIGUEL DE CERVANTES
Don Quijote de la Mancha.

28 de marzo de 2016

TSJ evalúa constitucionalidad de reforma de ley del Banco Central de Venezuela: Sepa qué hay detrás

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El presidente de la República, Nicolás Maduro, envió el pasado 17 de marzo a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de justicia (TSJ) el proyecto de reforma a la ley del Banco Central de Venezuela (BCV) para que el máximo tribunal del país evalúe la constitucionalidad del texto, sancionado el 3 de marzo por la Asamblea Nacional (AN).

La propuesta del Parlamento se plantea tres meses después de que el Jefe de Estado promulgara, vía habilitante, la reforma de la ley del ente emisor y tras un debate basado en elementos de carácter político contra la institucionalidad y para favorecer al sector financiero.

Durante el debate en la plenaria de la AN, el diputado del Bloque de la Patria, Ricardo Sanguino, advirtió que este proyecto de ley deja en manos del sector financiero privado la política monetaria del país.

Por su parte, Ramón Lobo, también del Bloque de la Patria señaló que el instrumento "busca la manera de restaurar los beneficios socioeconómicos a las elites que hasta el año 1998 gobernaron este país".

Asimismo alertó que esta nueva reforma a la ley tiene una intencionalidad política para desestabilizar desde el área económica al gobierno constitucional del presidente Nicolás Maduro.

El artículo 214 de la Constitución nacional establece que cuando el "Presidente de la República considere que la ley o alguno de sus artículos es inconstitucional solicitarán el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en el lapso de diez días que tiene para promulgar la misma".

La Constitución le otorga al TSJ 15 días, a partir del momento de recibir la comunicación del Ejecutivo, para que se pronuncie.

(AVN)

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