Cervantes

Hoy es el día más hermoso de nuestra vida, querido Sancho; los obstáculos más grandes, nuestras propias indecisiones; nuestro enemigo más fuerte, el miedo al poderoso y a nosotros mismos; la cosa más fácil, equivocarnos; la más destructiva, la mentira y el egoísmo; la peor derrota, el desaliento; los defectos más peligrosos, la soberbia y el rencor; las sensaciones más gratas, la buena conciencia, el esfuerzo para ser mejores sin ser perfectos, y sobretodo, la disposición para hacer el bien y combatir la injusticia dondequiera que esté.

MIGUEL DE CERVANTES
Don Quijote de la Mancha.

29 de diciembre de 2016

Pre-cuota presupuestaria de la ULA 2017: 80 millones diarios





DGD-108     
Caracas, 30 de Septiembre del 2016   
                            
Ciudadano (a)
MARIO BONUCCI
Rector de la Universidad de Los Andes (ULA)
Presente.


Reciba un cordial saludo, me dirijo a usted, con la finalidad de informarle que se da inicio al proceso de la Formulación del Proyecto Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2017.

En este sentido, la Oficina Nacional de Presupuesto estableció los lineamientos y asignación de la PRE - CUOTA, para este Ministerio y sus Órganos, Entes Adscritos e Instituciones de Educación Universitaria.

En tal sentido, se requiere cumplir con el registro de la información presupuestaria para el ejercicio económico financiero 2017, en el Sistema de Formulación Presupuestaria (Sispre), antes de las 06:00 p.m. del día 02 de octubre de 2016.

Para el desarrollo de este proceso se establecen los siguientes criterios:

  • Ajustarse a las Líneas Generales del Plan de la Patria 2013-2019 y los Lineamientos del Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología.
  • Mantener la medida de restricciones del gasto suntuario o superfluo, de acuerdo con el decreto 6.649 de fecha 25 de marzo de 2009 “Racionalización de Gasto Superfluo y Suntuario”.
  • La alícuota impositiva del I.V.A debe considerarse en 12% y 8% de acuerdo a lo establecido en las normas que rigen la materia y la tasa de cambio debe ajustarse a la normativa legal vigente.

A.- Gastos de Personal

1.     No crear ni incrementar beneficios laborales que no estén aprobados por este Ministerio.

2.     No incluir cargos vacantes, la creación de cargos y/o contratación de personal debe estar limitada, y plenamente justificada, sólo se hará efectiva previa autorización del Ministerio del Poder Popular para la Planificación, para lo cual las instituciones deberán remitir a esta Ministerio la solicitud para su trámite y gestión.

3.     Remitir la maqueta de gastos de personal que corresponda con la proyección del gasto 2017, elaborada con la nómina del personal activo y pasivo a la fecha de la formulación, que contenga además apellido, nombre, cédula de identidad y cargo.

4.     No incluir gastos asociados al “Aporte patronal a los servicios de salud, accidentes personales y gastos funerarios” (HCM) motivado a que son el MPPEUCT y la OPSU las Instituciones que gestionan los seguros HCM de las Instituciones de Educación Universitaria. (aplica para Institutos, Colegios Universitarios y Universidades Politécnicas Territoriales).

5.     Garantizar los beneficios que se señalan a continuación:

  • Incluir las asignaciones para financiar el gasto de personal activo y pasivo, a los fines de garantizar los compromisos laborales acordados en los Contratos Colectivos, al menos hasta el mes de Octubre.
  • Los sueldos y salarios del personal deben considerar a la tabla aprobada en la Segunda Convención Colectiva 2015 – 2016 (septiembre 2016).
  • No incluir los siguientes conceptos, ya que los mismos serán garantizados a través de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (Opsu): bono vacacional; bono recreacional; bono especial administrativos (Institutos, Colegios y UPT); bono fin de año personal activo y pasivo; bono navideño personal activo y pasivo; bono doctor; y los 5 días anuales del personal obrero.
  • Bono de Alimentación 8 UT (Bs. 177) por día.
  • Bono Asistencial 8 UT (Bs. 177) por día.
  • Aportes patronales establecidos en la normativa vigente (Fondo de Jubilaciones, Seguro Social, Régimen Prestacional de Empleo, Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, y otros)
  • El costo de las prestaciones sociales y días adicionales, a sueldo tabla II CCU.
  • Los costos de los beneficios socioeconómicos, aprobados en la Segunda Convención Colectiva 2015 - 2016.


B.- Providencias Estudiantiles

  • Garantizar, la cobertura presupuestaria de los gastos para providencias estudiantiles, del ejercicio fiscal 2017 tales como becas, comedor y transporte, en este sentido, deberá:
Considerar los beneficios socio económicos de becas: Estudiantil Bs. 8.000, Ayudantía Bs. 10.000 y Preparadurías Bs. 12.000. Es importante resaltar, que el incremento en el número de becario deberá estar autorizado previamente por el MPPEUCT.
El costo de la bandeja por servicio de comedor será de Bs. 864,00 por día hábil del calendario académico. 
Garantizar el servicio médico y demás providencias estudiantiles.
Garantizar el aporte del 0,75% de la Pre Cuota asignada, a la “Fundación para el Servicio de Asistencia Médica Hospitalaria para Estudiantes de Educación Superior” (FAMES), equivalente a la cantidad de Bolívares 216.705.735,00.

 C.- Gastos de Funcionamiento

·        Incorporar el consumo estimado por servicio eléctrico, según lo informado por la Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (Corpoelec). En el caso, de no contar con la información sobre el consumo para el año 2017, se registrará lo estimado por la Institución, y no deberá ser menor a lo asignado en el Presupuesto y Modificaciones 2016. Además, prever las asignaciones para el resto de los servicios básicos, profesionales y de mantenimiento derivados de los contratos con las empresas prestadoras de servicio y asegurar el suministro de insumos para el normal funcionamiento del organismo.
  • Disminuir los gastos de viáticos dentro y fuera del país, relaciones sociales, publicidad y propaganda, material pop, refrigerios, agasajos ajustándolo a la pertinencia institucional.
  • Se recomienda incorporar los saldos de caja y bancos al financiamiento de gastos operativos, para maximizar el criterio de optimización en la distribución de los recursos.


Por lo anteriormente expuesto, la PRE-CUOTA asignada por este Ministerio, es de Bs.28.894.098.025,00 

CONCEPTO
MONTO
Gasto de Personal
22.591.351.325,00
Providencias Estudiantiles
4.326.025.452,00
Gastos de Funcionamiento / Proyectos
1.976.721.248,00








Finalmente, se indica que, el proceso se llevará a cabo bajo el acompañamiento de las siguientes instancias:

TIPO DE INSTITUCIÓN
BAJO LA SUPERVISIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DE
Institutos y Colegios Universitarios 
Oficina de Planificación y Presupuesto - MPPEUCT
Universidades (*)
Programa Administrativo Financiero - OPSU
(*) En el caso de la UPT Alonso Gamero, deberá realizar la formulación del presupuesto 2017 como Instituto Universitario, debido a que a la fecha no ha culminado el proceso de asignación de código presupuestario como UPT.

Atentamente,




CARLOS JOSÉ GUZMÁN GÓMEZ
Director General de Despacho
Según Resolución No.001, de fecha 11 de enero de 2016,
 publicada en Gaceta Oficial No.40.827
de fecha 13 de enero de 2016


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