Fecha: 09 de enero de 2017
Jurisprudencia reiterada al respecto está ajustada a la Constitución
En
los últimos días algunos voceros políticos del país han señalado
públicamente la posibilidad de declarar por acuerdo de la mayoría de
diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, el supuesto "abandono del
cargo" de Presidente de la República, por parte del ciudadano Nicolás
Maduro Moros, primer mandatario nacional, el cual se encuentra en
ejercicio de sus atribuciones constitucionales.
Por
ello el Tribunal Supremo de Justicia, con el firme propósito de
mantener la paz, el orden constitucional y la estabilidad democrática de
la Nación, invoca el contenido de la sentencia N° 948 de la Sala
Constitucional del 15 de noviembre de 2016, en la cual, conforme al
artículo 336 constitucional y a su jurisprudencia, se ordenó a las
diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar el
procedimiento de declaratoria de "responsabilidad política" contra el
Presidente de la República y, en definitiva, de dictar cualquier tipo de
acto que se encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales.
Adicionalmente
la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los
diputados y diputadas de "convocar y realizar actos que alteren el orden
público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como
otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden
jurídico".
Finalmente el Tribunal
Supremo de Justicia hace un llamado a utilizar la vía del diálogo como
herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas y, en
especial, para cumplir los deberes y fines constitucionales, en función
de garantizar la construcción de una sociedad justa y amante de la paz,
y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.