Cervantes

Hoy es el día más hermoso de nuestra vida, querido Sancho; los obstáculos más grandes, nuestras propias indecisiones; nuestro enemigo más fuerte, el miedo al poderoso y a nosotros mismos; la cosa más fácil, equivocarnos; la más destructiva, la mentira y el egoísmo; la peor derrota, el desaliento; los defectos más peligrosos, la soberbia y el rencor; las sensaciones más gratas, la buena conciencia, el esfuerzo para ser mejores sin ser perfectos, y sobretodo, la disposición para hacer el bien y combatir la injusticia dondequiera que esté.

MIGUEL DE CERVANTES
Don Quijote de la Mancha.
La Colmena no se hace responsable ni se solidariza con las opiniones o conceptos emitidos por los autores de los artículos.

22 de octubre de 2013

AQUÍ ESTÁ EL AUMENTO OFICIAL DEL 10% DEL SALARIO MÍNIMO QUE TODOS LOS VENEZOLANOS ESTÁN ESPERANDO


       
El aumento entra en vigencia a partir del primero de noviembre de 2013. El nuevo salario se establece en Bs. 2.973 mensuales, cantidad que se traduce en Bs. 99,10 diarios por jornada diurna.
La Presidencia de la República publicó, en la Gaceta Oficial Nº 40.275 del día viernes, el decreto mediante el cual se fija un aumento de 10% del salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio nacional, para los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado. El aumento entra en vigencia a partir del primero de noviembre de 2013. El nuevo salario se establece en 2.973 bolívares mensuales, cantidad que se traduce en Bs. 99,10 diarios por jornada diurna.

Los adolescentes aprendices también percibirán un aumento del 10% a partir de la misma fecha en su salario mínimo mensual. En tal sentido, cobrarán Bs. 2.211. Si la labor realizada por los aprendices se efectúa en iguales condiciones que los demás trabajadores, el monto del salario a recibir será el ordinario (Bs. 2.973).

El pago deberá efectuarse en efectivo, pues no comprenderán nungún tipo de salarios en especie. La cuota mínima a establecer para los jubilados y pensionados de la administración pública y del Instituto Venezolano de Seguro Social (IVSS) será igual al monto del salario mínimo vigente a partir del primero de noviembre.

La Gaceta expone que cuando la relación de trabajo se hubiere convenido a tiempo parcial, el salario estipulado como mínimo podrá someterse a lo dispuesto en el artículo 172 del Decreto con rango, valor y fuerza de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

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