“He
ordenado decretar un nuevo control y regularización en los
arrendameintos de los centros comerciales”, anunció el presidente de la
República, Nicolás Maduro, al tiempo que destacó que esto es hasta que
se elabore una nueva ley.
Informó
que los arrendamientos no podrán exceder de 250 bolívares por metro
cuadrado y reiteró que nadie aumentará si está por debajo de estos
precios.El monto por concepto de condominio por los gastos comunes que corresponde a cada propietario no podrá exceder del 25% del canon de arrendamiento establecido.
Igualmente,
informó que quedarán sin efecto los ajustes a los cánones de
arrendamiento y que los cánones de arrendamiento comerciales no podrán
pactarse en moneda extranjera.
En tal
sentido, queda aprobado el decreto para el Control y Regulación de los
arrendamientos vinculados a los comercios del país a partir de su
publicación en Gaceta Oficial.
La norma incluye los siguientes artículos:
Artículo 1: Se
establece un régimen transitorio de protección a los arrendatarios de
inmuebles destinados al desempeño de actividades comerciales e
industriales o de producción regulado en el presente decreto, hasta
tanto se dicte un régimen definitivo, justo y equitativo, mediante el
respectivo decreto con rango, valor y fuerza de ley en el marco de la
Ley Habilitante otorgada por el Presidente de la República.
Artículo
2: A partir de la fecha de publicación del presente decreto, hoy en
Gaceta Oficial, los cánones de arrendamiento de inmuebles constituidos
por locales o establecimientos en los que se desarrollen actividades
comerciales en edificaciones de vivienda u oficinas, edificaciones con
fines turísticos, galpones u oficinas, edificaciones de uso educacional,
de médicos asistenciales, centro comerciales y en general, cualquiera
clase de locales destinados al funcionamiento y desarrollo de
actividades económicas comerciales, productivas o de servicios no podrán
exceder de un monto mensual equivalente a 250 bolívares por metro
cuadrado.