Cervantes

Hoy es el día más hermoso de nuestra vida, querido Sancho; los obstáculos más grandes, nuestras propias indecisiones; nuestro enemigo más fuerte, el miedo al poderoso y a nosotros mismos; la cosa más fácil, equivocarnos; la más destructiva, la mentira y el egoísmo; la peor derrota, el desaliento; los defectos más peligrosos, la soberbia y el rencor; las sensaciones más gratas, la buena conciencia, el esfuerzo para ser mejores sin ser perfectos, y sobretodo, la disposición para hacer el bien y combatir la injusticia dondequiera que esté.

MIGUEL DE CERVANTES
Don Quijote de la Mancha.

30 de enero de 2014

ESTAFADORES DE BANDAGRO RECIBIERON SU MERECIDO: PAGARÁN ENTRE 18 Y 16 AÑOS DE CÁRCEL (+DETALLES)

José Nicolás Tovar Jiménez, Ramón Heraldo Paredes y Alejandro Néstor Tineo Salas, fueron condenados a 18 años y 3 meses de prisión y a reintegrar el 50% de la utilidad procurada.
En la madrugada de este miércoles el Tribunal Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la jueza Susana V. Barreiros R., condenó a prisión a cuatro personas por la comisión de varios delitos, en relación con el caso de la falsificación de una serie de notas promisorias del extinto Banco de Desarrollo Agropecuario S.A. (Bandagro).

José Nicolás Tovar Jiménez, Ramón Heraldo Paredes y Alejandro Néstor Tineo Salas, fueron condenados a 18 años y 3 meses de prisión y a reintegrar el 50% de la utilidad procurada, en virtud del daño causado al Estado venezolano por la comisión de los siguientes delitos: falsedad de documentos, estafa agravada contra la nación en forma continuada, aprovechamiento fraudulento de fondos públicos, obtención ilegal de utilidad por acto administrativo en grado de tentativa en forma continuada, agavillamiento y falsedad de documentos.

Por su parte Ángel Roberto Infante, fue condenado a 16 años, dos meses, siete días y doce horas de prisión y a reintegrar el 50% de la utilidad procurada por la comisión de los delitos de uso de documento público falso, estafa agravada contra la nación en forma continuada, expedición de certificación o documentación falsa en forma continuada, obtención ilegal de utilidad por acto administrativo, agavillamiento y falsedad de documentos.

La sentencia "ordena mantener la privación de libertad que pesa en contra de los acusados José Nicolás Tovar Jiménez, Ramón Heraldo Paredes, Alejandro Nestor Tineo Salas y Ángel Roberto Infante, en virtud de la pena impuesta manteniéndose los sitios de reclusión". Además precisa el fallo que al haberse establecido la falsedad de las notas promisorias del presente caso, se ordenó oficiar al Banco Central de Venezuela y a la Superintendencia de Bancos.

Este caso se originó con la denuncia hecha el 22 de septiembre de 1993, por la entonces presidenta del Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (Fogade), Esperanza Martinó de Fernández, quien señaló que con motivo de la intervención de Bandagro, hecha por Fogade, recibieron información de los bancos Principal, Bank of América y Progreso, sobre la existencia de unas notas promisorias emitidas en 1981 por el banco intervenido.

Sin embargo, luego de exhaustivas investigaciones desarrolladas por el Estado, a través de la Procuraduría General de la República, tanto en Venezuela como en el exterior; las experticias de rigor y del juicio oral y público quedó determinado, conforme a los órganos de prueba que fueron evacuados, que las falsas notas promisorias del extinto Banco de Desarrollo Agropecuario S.A. (Bandagro), carecen total y absolutamente de validez, por cuanto falsificadas con deliberada intención delictiva.

Además, los ex directivos de la referida institución financiera, los testigos y un cúmulo de pruebas adicionales, negaron en el transcurso del proceso, rotunda y categóricamente haber suscrito las referidas notas promisorias.

Por otro lado, experticias grafotécnicas y deposiciones de expertos que comparecieron a las diferentes audiencias, ratificaron que los documentos, firmas, sellos y membrete, fueron forjados; toda vez que se demostró que Bandagro jamás emitió pagaré alguno, por lo que fue comprobada la responsabilidad penal de las cuatro personas condenadas.

(TSJ)

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