Cervantes

Hoy es el día más hermoso de nuestra vida, querido Sancho; los obstáculos más grandes, nuestras propias indecisiones; nuestro enemigo más fuerte, el miedo al poderoso y a nosotros mismos; la cosa más fácil, equivocarnos; la más destructiva, la mentira y el egoísmo; la peor derrota, el desaliento; los defectos más peligrosos, la soberbia y el rencor; las sensaciones más gratas, la buena conciencia, el esfuerzo para ser mejores sin ser perfectos, y sobretodo, la disposición para hacer el bien y combatir la injusticia dondequiera que esté.

MIGUEL DE CERVANTES
Don Quijote de la Mancha.
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15 de abril de 2015

Cencoex eliminó fraccionamiento de los 300 dólares del cupo electrónico

Cencoex eliminó fraccionamiento de los 300 dólares del cupo electrónico
Foto: M. Bermúdez
El Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) modificó  el mecanismo de acceso a los cupos electrónicos que, según la última Providencia, fueron divididos en tres partes y podrían ser usados en partes de 100 dólares cada cuatrimestre.
La modificación permite que los 300 dólares sean usados en una misma transacción o varias operaciones, de acuerdo a las necesidades del usuario.
A través de la cuenta @CencoexOficial  indicó que “la modificación de la providencia 011 deja sin efecto límites cuatrimestrales para uso del TDC en comercio electrónico”.
En la cláusula primera de un comunicado emitido por el organismo, se subraya que “se modifica el artículo 26 del capítulo II de los Trámites, Sección III de la Providencia número 011 publicada en la Gaceta Oficial número 40.636 en fecha del 9 de abril de 2015, quedando dicho artículo de la siguiente manera: 
Artículo 26. El Centro Nacional de Comercio Exterior ( CENCOEX),podrá autorizar hasta un monto máximo de Trescientos Dólares de los Estados Unidos de América (USD 300) o su equivalente en otras divisas por año, es decir, en el período comprendido entre el 1o de enero y el 31 de diciembre, a cada usuario, para el pago de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el extranjero desde la República Bolivariana de Venezuela, deducible del monto máximo según lo establecido en el artículo 2 de la Providencia No 011.
Mediante el comunicado publicado este miércoles se informó “ a los usuarios que fue modificado el artículo 26 de la Providencia 011 publicada en la Gaceta Oficial 40.636 el pasado jueves 9 de abril de 2015, en la cual se establecía el uso de la asignación de divisas para pagos de bienes y servicios efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico en tres porciones cuatrimestrales, para un total de USD 300 al año. En este sentido, el nuevo artículo establece que todos los tarjetahabientes de la Banca Pública podrán hacer uso del monto máximo establecido de USD 300 de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras divisas de manera total o parcial, dejando sin efecto los límites cuatrimestrales”.
La cláusula segunda del comunicado publicado por el Cencoex indica que: "Salvo lo establecido en la claúsula primera del presente instrumento, todos los demás términos y condiciones de la Providencia número 011, publicada en la Gaceta Oficial número 40.636 en fecha del 9 de abril de 2015, continúan en plena vigencia y efecto sin modificación alguna".
 
Estas medidas económicas adoptadas en los últimos días, que implican el ajuste en el monto de asignación de divisas para viajes al exterior, son necesarias para continuar garantizando la inversión social ante aquellos sectores que pretenden atentar contra el desarrollo económico del país, destacó este martes el presidente de la República, Nicolás Maduro.
Con estas medidas, el jefe de Estado destacó la necesidad de proteger el "ingreso nacional para entregárselo al pueblo en vivienda, en felicidad, en educación, en alimentos, en salud, en vida, en crecimiento económico. Nunca antes en la historia de la patria se cuidó tanto la riqueza nacional para entregársela al pueblo donde corresponde", dijo en su programa semanal En Contacto Con Maduro, transmitido por VTV, en el cual conmemoró dos años de la victoria del pueblo en las elecciones del 14 de abril de 2013.
Destacó que ante la baja de los precios del crudo, provocada por la estrategia del gobierno de Estados Unidos de inundar el mercado de hidrocarburos con petróleo extraído mediante la técnica del fracking, es vital priorizar los gastos. "Tenemos que administrar lo que tenemos con la mayor eficiencia para que no se detenga nada, ni la vivienda, ni la educación", advirtió.
El Mandatario nacional llamó al pueblo a crear conciencia para combatir las acciones ilícitas con las divisas del Estado, impulsadas por mafias bancarias. Consideró que la banca pública del país debe asegurar que los tarjetahabientes utilicen los cupos viajeros y electrónicos de manera correcta y se detenga su uso ilícito.
Anunció además la creación de una Comisión especial de lavado y fuga de dólares, que se encargará de investigar presuntos negocios fraudulentos perpetrados con divisas venezolanas en Panamá.
 
 
Este fue el artículo modificado: 
Artículo 26. El Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), podrá  autorizar hasta un monto máximo de Trescientos Dólares de los Estados Unidos de América (USD 300) o su equivalente en otras divisas por año, es decir, en el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre, a cada usuario, para el pago de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el exterior, deducible del monto máximo según lo establecido en el artículo 2 de la presente Providencia, de acuerdo al siguiente cronograma de consumos cuatrimestral, autorizando así el consumo de cien dólares de los Estados Unidos de América (USD 100) cada 4 meses NO ACUMULATIVOS.

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