Por
considerar que “pudiera influenciar en el bienestar psicológico y
emocional de los niños, niñas y adolescentes”, el Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) prohibió a los menores de 18 años merideños el ingreso a
las corridas de toro que se celebran en la ciudad andina.
La proscripción la dictó la Sala
Constitucional al admitir un amparo, con medida cautelar, que el
defensor del Pueblo, Tarek William Saab, interpuso contra el artículo 2
de la Ordenanza Taurina de Mérida, la cual permite que niños de 12 años
puedan ver estos espectáculos acompañados de sus padres o representantes
y a los que tengan más de 14 años se les permite el ingreso solos.
En el fallo redactado por la presidenta
de la instancia, magistrada Gladys Gutiérrez Alvarado, se da por valido
el argumento del también presidente del Consejo Moral Republicano en
cuanto a que esta normativa pone en riesgo “los derechos de la infancia y
adolescencia a la integridad física, psíquica y moral y, en general el
derecho fundamental a la salud”, así como en tela de juicio la
obligación de las autoridades a garantizarlos según la Constitución.
La norma estará suspendida, por lo cual
los niños y adolescentes no podrán ingresar a la plaza de toros de
Mérida, mientras la Sala Constitucional determina si ella contraría la
Carta Magna. Asimismo no descartó que esta medida se pueda extender a
otros municipios donde haya disposiciones similares.
En febrero pasado Saab ya anunció su
despacho trabajaba una ley que buscaba proscribir definitivamente las
actividades taurinas. “No es un deporte matar a mansalva seres vivos”,
afirmó en su cuenta de Twitter, donde agregó: “Aclamar la muerte de un
ser vivo desde las gradas de los estadios es apología al crimen”.
Esta no es la primera que la justicia, a
petición de la Defensoría del Pueblo, adopta medidas similares. Entre
2011 y 2012 la exdefensora Gabriela Ramírez consiguió de los tribunales
de Protección de Niños y Adolescentes de Táchira y Zulia medidas
similares, bajo argumentos similares. EUD