DGD-108
Caracas,
30 de Septiembre del 2016
Ciudadano
(a)
MARIO BONUCCI
Rector de la Universidad de Los Andes (ULA)
Presente.
Reciba
un cordial saludo, me dirijo a usted, con la finalidad de informarle que se da
inicio al proceso de la Formulación del Proyecto Presupuesto para el Ejercicio
Fiscal 2017.
En
este sentido, la Oficina Nacional de Presupuesto estableció los lineamientos y
asignación de la PRE - CUOTA, para este Ministerio y sus
Órganos, Entes Adscritos e Instituciones de Educación Universitaria.
En
tal sentido, se requiere cumplir con el registro de la información
presupuestaria para el ejercicio económico financiero 2017, en el Sistema de
Formulación Presupuestaria (Sispre), antes de las 06:00 p.m. del día 02 de
octubre de 2016.
Para
el desarrollo de este proceso se establecen los siguientes criterios:
- Ajustarse a las Líneas Generales del Plan de la Patria 2013-2019 y los Lineamientos del Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología.
- Mantener la medida de restricciones del gasto suntuario o superfluo, de acuerdo con el decreto 6.649 de fecha 25 de marzo de 2009 “Racionalización de Gasto Superfluo y Suntuario”.
- La alícuota impositiva del I.V.A debe considerarse en 12% y 8% de acuerdo a lo establecido en las normas que rigen la materia y la tasa de cambio debe ajustarse a la normativa legal vigente.
A.-
Gastos de Personal
1.
No
crear ni incrementar beneficios laborales que
no estén aprobados por este Ministerio.
2.
No
incluir cargos vacantes, la creación de cargos y/o contratación de personal
debe estar limitada, y plenamente justificada, sólo se hará efectiva previa
autorización del Ministerio del Poder Popular para la Planificación, para lo
cual las instituciones deberán remitir a esta Ministerio la solicitud para su
trámite y gestión.
3.
Remitir
la maqueta de gastos de personal que corresponda con la proyección del gasto
2017, elaborada con la nómina del personal activo y pasivo a la fecha de la
formulación, que contenga además apellido, nombre, cédula de identidad y cargo.
4.
No
incluir gastos asociados al “Aporte patronal a los servicios de salud,
accidentes personales y gastos funerarios” (HCM) motivado a que son el MPPEUCT
y la OPSU las Instituciones que gestionan los seguros HCM de las Instituciones
de Educación Universitaria. (aplica para Institutos, Colegios Universitarios y
Universidades Politécnicas Territoriales).
5.
Garantizar
los beneficios que se señalan a continuación:
- Incluir las asignaciones para financiar el gasto de personal activo y pasivo, a los fines de garantizar los compromisos laborales acordados en los Contratos Colectivos, al menos hasta el mes de Octubre.
- Los sueldos y salarios del personal deben considerar a la tabla aprobada en la Segunda Convención Colectiva 2015 – 2016 (septiembre 2016).
- No incluir los siguientes conceptos, ya que los mismos serán garantizados a través de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (Opsu): bono vacacional; bono recreacional; bono especial administrativos (Institutos, Colegios y UPT); bono fin de año personal activo y pasivo; bono navideño personal activo y pasivo; bono doctor; y los 5 días anuales del personal obrero.
- Bono de Alimentación 8 UT (Bs. 177) por día.
- Bono Asistencial 8 UT (Bs. 177) por día.
- Aportes patronales establecidos en la normativa vigente (Fondo de Jubilaciones, Seguro Social, Régimen Prestacional de Empleo, Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda, y otros)
- El costo de las prestaciones sociales y días adicionales, a sueldo tabla II CCU.
- Los costos de los beneficios socioeconómicos, aprobados en la Segunda Convención Colectiva 2015 - 2016.
B.-
Providencias Estudiantiles
- Garantizar, la cobertura presupuestaria de los gastos para providencias estudiantiles, del ejercicio fiscal 2017 tales como becas, comedor y transporte, en este sentido, deberá:
Considerar
los beneficios socio económicos de becas: Estudiantil Bs. 8.000, Ayudantía Bs.
10.000 y Preparadurías Bs. 12.000. Es
importante resaltar, que el incremento en el número de becario deberá estar
autorizado previamente por el MPPEUCT.
El
costo de la bandeja por servicio de comedor será de Bs. 864,00 por día hábil del calendario académico.
Garantizar
el servicio médico y demás providencias estudiantiles.
Garantizar
el aporte del 0,75% de la Pre Cuota asignada, a la “Fundación para el Servicio
de Asistencia Médica Hospitalaria para Estudiantes de Educación Superior”
(FAMES), equivalente a la cantidad de Bolívares
216.705.735,00.
C.-
Gastos de Funcionamiento
·
Incorporar
el consumo estimado por servicio eléctrico, según lo informado por la
Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (Corpoelec). En el caso, de no contar con
la información sobre el consumo para el año 2017, se registrará lo estimado por
la Institución, y no deberá ser menor a lo asignado en el Presupuesto y
Modificaciones 2016. Además, prever las asignaciones para el resto de los
servicios básicos, profesionales y de mantenimiento derivados de los contratos
con las empresas prestadoras de servicio y asegurar el suministro de insumos
para el normal funcionamiento del organismo.
- Disminuir los gastos de viáticos dentro y fuera del país, relaciones sociales, publicidad y propaganda, material pop, refrigerios, agasajos ajustándolo a la pertinencia institucional.
- Se recomienda incorporar los saldos de caja y bancos al financiamiento de gastos operativos, para maximizar el criterio de optimización en la distribución de los recursos.
Por
lo anteriormente expuesto, la PRE-CUOTA asignada por este Ministerio, es
de Bs.28.894.098.025,00
CONCEPTO
|
MONTO
|
Gasto
de Personal
|
22.591.351.325,00
|
Providencias
Estudiantiles
|
4.326.025.452,00
|
Gastos
de Funcionamiento / Proyectos
|
1.976.721.248,00
|
Finalmente,
se indica que, el proceso se llevará a cabo bajo el acompañamiento de las
siguientes instancias:
TIPO DE INSTITUCIÓN
|
BAJO LA SUPERVISIÓN Y
ACOMPAÑAMIENTO DE
|
Institutos
y Colegios Universitarios
|
Oficina
de Planificación y Presupuesto - MPPEUCT
|
Universidades
(*)
|
Programa
Administrativo Financiero - OPSU
|
(*) En
el caso de la UPT Alonso Gamero, deberá realizar la formulación del presupuesto
2017 como Instituto Universitario, debido a que a la fecha no ha culminado el
proceso de asignación de código presupuestario como UPT.
Atentamente,
CARLOS JOSÉ GUZMÁN GÓMEZ
Director General de Despacho
Según Resolución No.001, de fecha 11
de enero de 2016,
publicada en Gaceta Oficial
No.40.827
de fecha 13 de enero de 2016