La presunción de inocencia es un principio fundamental del derecho penal que establece que toda persona acusada de un delito se considera inocente hasta que se demuestre su culpabilidad de manera fehaciente y mediante un proceso legal. En el caso de las Actas Electorales, resulta que, hasta el momento, no ha habido ni una sola impugnación, aun cuando los partidos de oposición son poseedores de un original de cada una de las 30.026 actas de las mesas de votación. No solamente no han mostrado ninguna prueba, sino que tampoco se ha hecho ninguna denuncia que pudiera ser tomada como indicio.
Sin pruebas, y ni siquiera indicios, todavía
hay países que insisten en que el Poder Electoral “demuestre” que es inocente.
Las Actas las pueden ver quienes tenga cualidad para ello: el Poder Electoral,
los partidos políticos que participaron en el proceso electoral, el Poder
Judicial mediante requerimiento, pero no cualquier ciudadano común, menos si es
un extranjero, aunque sea el presidente de su país.
El Poder Electoral debe mostrar en detalle los
resultados finales en el período de 30 días establecido por la Ley Electoral
que está por cumplirse. Paciencia. Mientras tanto, el Tribunal Supremo de
Justicia reviso las actas en posesión de los partidos políticos, las comparo
entre ellas y sentenció que el resultado emitido se ajusta a lo contenido en
ellas.
Ningún país del mundo ha hecho algo semejante,
dando Venezuela prueba, de nuevo, de tener el mejor y más confiable sistema electoral
del mundo. Tecnología que los Estados Unidos podría tener, si quisiera. Por
algo será que no la quiere el país más tramposo y embustero del mundo.