Texto: Alba Ciudad (LBR)
Las soluciones se lograron luego de que el propio presidente Maduro convocara el viernes en la tarde a una sesión especial del Consejo de Seguridad de la Nación, una instancia prevista en el artículo 323 de la Constitución de Venezuela, que incluye al Presidente de la República, al Vicepresidente Ejecutivo, al Presidente de la Asamblea Nacional, al Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, al Presidente del Consejo Moral Republicano y a varios ministros. La reunión comenzó a las 9 y 20 de la noche.
“Hemos avanzado en importantes acuerdos y soluciones”, explicó Maduro al iniciar la transmisión conjunta.
Consejo de Seguridad de la Nación acuerda revisar Sentencias 155 y 156 del TSJ (+Comunicado)
“Puedo decir que, con la lectura de este comunicado y la publicación de la aclaratoria y las correcciones respectivas de la Sentencia 155 y 156, queda superada esta controversia, demostrando las capacidades de diálogo y resolución que se pueden activar con nuestra Constitución, para seguir disfrutando de una cooperación fructífera de poderes y una paz republicana necesaria para nuestro país”, explicó el Jefe de Estado venezolano.
Este es el comunicado leído por el vicepresidente El Aissami.
Comunicado“Rechazo en todas sus partes el intervencionismo grosero de algunas autoridades de gobiernos extranjeros, que quieren dictarle a Venezuela pauta cuando sus propios países están en llamas”, expresó el Presidente Maduro tras finalizar la lectura del texto. “No se lo aceptamos a nadie, porque Venezuela no se mete con nadie, ni en ningún país”.
El Consejo de Defensa de la Nación, debidamente convocado y presidido el día de hoy por el Presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, en su condición de Jefe de Estado, conforme al mandato y las atribuciones que le confiere el artículo 323 de la Constitución y la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, en ocasión de la controversia surgida entre la Fiscalía General de la República y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ha decidido:
La fortaleza del sistema democrático en Venezuela y de su robusto estado de derecho no está en discusión ni entredicho. Por el contrario, es muestra del estado constitucional de derecho, de justicia social y paz, edificado en un país que ha hecho dela práctica de la democracia participativa y protagónica el vehículo para la transformación de la sociedad y la búsqueda de la mayor felicidad posible.
- Ratificar que el Máximo Tribunal de la República, en su Sala Constitucional, es la instancia competente para el control de la Constitucionalidad de los actos emanados de cualquier órgano del Poder Público Nacional que coliden con la Carta Magna, así como la resolución de los conflictos entre poderes.
- Exhortar al TSJ a revisar las decisiones 155 y 156 con el propósito de mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de poderes, mediante los recursos contemplados en el ordenamiento jurídico venezolano.
- Reiterar que los desequilibrios y conflictos entre las distintas ramas del Poder Público Nacional se encausan mediante los mecanismos de control constitucional y la colaboración entre los poderes, los cuales son expresión del dinamismo y pluralidad de los estados constitucionales democráticos.
- Destacar los loables esfuerzos del Presidente de la República como Jefe de Estado, en la búsqueda de soluciones para resolver, dentro del marco constitucional y mediante el diálogo constructivo, los conflictos del Poder Público Nacional, en atención a la independencia, la división y la autonomía de sus distintas ramas.
- Insistir en nuestra disposición al diálogo fecundo y exhortar a la oposición venezolana a incorporarse sin demora al diálogo nacional promovido por el Jefe de Estado, acompañado por Unasur, el Papa Fracisco y los expresidentes Martín Torrijos, Leonel Fernández y José Luis Rodríguez Zapatero
- Repudiar categóricamente cualquier intervención que atente contra la independencia, la soberanía, la integridad territorial y la autodeterminación. Los asuntos de los venezolanos deben ser resueltos exclusivamente por nosotros, sin injerencia ni intervención alguna, y en respeto estricto a la jurisdicción interna del Estado venezolano.
En palabras de nuestro Libertador:
“Sólo la democracia es susceptible de una absoluta libertad. Libertad que define como el poder que tiene cada hombre de hacer cuanto no esté prohibido por la Ley”. Simón Bolívar.
Caracas, 1° de Abril de 2017.